En este apartado se comentan algunas de las principales razones por las que hay que proteger jurídicamente el Software, así como algunas ventajas de llevar a cabo dicha acción mediante la LPI (Ley de Propiedad Intelectual) en lugar de la LP (Ley de Patentes).
Razones para que se lleve a cabo la Protección Jurídica del Software
Interés por parte de la empresa dedicada a elaborar software, especialmente si
tenemos en cuenta el capital invertido en I+D y la facilidad para realizar copias.
Interés del programador, para que se reconozca la paternidad del software a
efectos de promoción profesional, aunque los derechos de explotación pertenezcan a
la empresa para la que trabaja.
Interés genérico para el avance de la investigación evitando incidir en repeticiones.
Ventajas de proteger el Software con la LPI frente a la LP
El plazo de protección es mucho mayor.
Mejor protección jurídica al autor de los programas de ordenador frente a las copias
no autorizadas.
La protección intelectual es automática, sólo con ser expresada en un soporte
magnético u óptico susceptible de tratamiento automatizado, sin necesidad de someterla a ningún tipo de formalismo para que sea objeto de protección.
El titular de los derechos no necesita realizar ninguna acción o cumplir obligación
alguna para ser protegido por las disposiciones de la LPI.
Opcionalmente, el autor puede inscribir el software en el Registro de la Propiedad
Intelectual, más económico que el registro de una patente y no obliga al pago de un
canon anual.