Webcam erótica como negocio

Supongamos que a una mujer se le ofrece un trabajo que consiste en que ella pone una cámara en su casa, gana mucho dinero y sólo tiene una condición: cuando la cámara esté encendida ella tiene que ir ligera de ropa, no desnuda. No tiene que hacer bailes eróticos, ni tener relaciones sexuales con la cámara encendida, solo cocinar, limpiar y demás quehaceres de la casa en ropa interior. Mientras tanto, quien le ha ofrecido ese trabajo está ganando una comisión por el número de visitas que recibe la webcam en cuestión. ¿Sería legal esta práctica?

 

Temas como la pornografía o la prostitución entre adultos no constituyen delito cuando son realizados libremente y sin coacciones. Cualquier mayor de edad tiene perfecto derecho a disponer de su cuerpo como le plazca. Ahora bien, lo que se considera un delito es la incitación, el obligar a realizar este tipo de actos contra la voluntad de la persona. En el caso de la prostitución a eso es a lo que se le llama proxenetismo.

Este caso que sería totalmente legal en España, siempre que esta señora lo haga en total libertad y sin coacciones de por medio.

Es interesante recordar que la prostitución de adultos en España se encuentra a veces en un limbo legal, pues no está regulada. Por eso es por lo que comúnmente se dice que está en una situación de alegalidad: no es ilegal, pero tampoco es legal al no estar regulada como sí lo está en otros países (lo que hace que sea una profesión más). Esto, siempre claro está que sea una opción elegida voluntariamente.




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