Derecho de copia privada

Compras un DVD original de una película de éxito. Ejerces tu derecho de copia privada con dicha película. Al cabo de unos meses regalas el DVD original a tu primo Fernando. ¿Tiene tu primo posibilidad de ejercer derecho de copia privada sobre esa película?

 

Al comprar el DVD obtienes directamente el derecho de copia privada (art. 31 LPI) y te puedes hacer varias copias para uso personal (por ejemplo, si tienes 2 casas, te llevas una copia a cada una). También está permitido regalar el DVD a otra persona, pero en el momento de regalar el DVD pierdes el derecho de copia privada, pasando este a ser parte de la persona a la que se le regala el DVD.

Por lo tanto, tu primo Fernando tiene derecho de copia privada, pero tú lo pierdes y debes de destruir todas tus copias privadas.




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